Antiguas
Leyes Fundamentales o Reglas para los Francmasones (Constituciones
de Anderson, 1723)
(Fuente:
© Rodríguez,
P. (2006). Masonería
al descubierto. Barcelona: © Temas de Hoy, Anexo nº
1, pp.437-444)
I. Concerniente a DIOS y a la RELIGIÓN.
Un masón
viene obligado por su forma de ser a obedecer la ley moral; si comprende
bien el Arte, jamás será un Ateo estúpido ni
un Libertino irreligioso. Pero, aunque antiguamente se consideraba
que los masones tenían que profesar la religión propia
del país o de la nación que en la que habitaban, hoy
se considera más práctico obligarles sólo a
profesar aquella en la que todos los hombres se ponen de acuerdo,
dejando a cada cual las opiniones que le son propias; es decir,
deben ser hombres de bien y leales, hombres de honor y honrados,
sean las que fueren las denominaciones o confesiones que los distingan;
es por esto que la Masonería se convierte en Centro de Unión
y el medio de creación de una amistad sincera entre unas
personas que de otra forma no se hubieran conocido jamás.
II. De la MAGISTRATURA
CIVIL suprema y subordinada.
Un masón
es un ser pacífico subordinado a los poderes civiles, sea
cual sea el lugar en el que viva y trabaje, y jamás debe
inmiscuirse en ningún complot ni conspiración que
amenace la paz y el bienestar de la nación, ni faltar a ningún
deber impuesto por los magistrados inferiores. Dado que la Masonería
siempre ha sufrido por causa de la guerra, la efusión de
sangre y el desorden, los antiguos reyes y príncipes no dudaron
en alentar la presencia de los artesanos por su carácter
pacífico y su Lealtad, saliendo como sus fiadores ante las
críticas de sus adversarios y promoviendo el honor de la
Fraternidad, siempre próspera en tiempos de paz. Por eso,
si un hermano se revela contra el Estado, no se le podría
ayudar fuese la que fuese la piedad que inspirase como hombre desgraciado;
y si no es culpable de ningún otro delito, a pesar de que
la Cofradía tiene el deber de desaprobar la rebeldía
y de no dar al Gobierno ninguna sospecha ni motivo de desafío
político, no se le puede expulsar de la Logia y la relación
entre ésta y el hermano permanecerá inmutable.
III. De las LOGIAS.
Una logia es
el lugar donde los francmasones se reúnen para trabajar,
por eso, esta Asamblea o Sociedad de masones debidamente organizada
se denomina LOGIA y cada hermano ha de pertenecer a una y someterse
a su Reglamento interior y a los REGLAMENTOS GENERALES. Puede ser
particular y general, siendo mejor comprendida a través de
la asistencia y de los Reglamentos anexos de la Logia General o
Gran Logia. Antiguamente, ningún Maestro o Compañero
podía excusarse de asistir a la logia, sobre todo cuando
se le había advertido de tal obligación, sin sufrir
la censura más severa, salvo si el Maestro y los Vigilantes
consideraban que se lo había impedido una necesidad.
Las personas admitidas como miembros de una Logia han de ser hombres
de bien y que amen la verdad, nacidos libres, de edad madura y discretos,
ni siervos, ni mujeres, ni hombres inmorales o de conducta escandalosa,
sino de buena reputación.
IV. De los MAESTROS,
VIGILANTES, COMPAÑEROS y APRENDICES.
Entre los masones,
toda promoción se basa únicamente en el valor y el
mérito personal; que los Señores sean bien servidos,
los hermanos no queden expuestos a ninguna vergüenza y que
el Arte Real no sea despreciado. Es decir, no se elige a ningún
Maestro o Vigilante por motivos de edad sino por su mérito.
Es imposible describir estas cosas por escrito y por eso cada hermano
ha de ocupar su lugar y aprenderlas de acuerdo con el método
propio de esta Fraternidad. Los candidatos, sin embargo, han de
saber que ningún Maestro puede tener un Aprendiz si no hay
suficiente trabajo para darle; por otro lado, ha de ser un hombre
perfecto, sin ninguna mutilación ni defecto físico
que le hagan incapaz de aprender el Arte, de servir al Señor
de su Maestro y de ser Hermano más adelante y Compañero
cuando llegue el momento y des-pués de haber servido el número
de años fijado por las costumbres del país; ha de
ser hijo de padres honrados, porque las cualidades que se derivan
de ello le cualifiquen para obtener el honor de ser Vigilante, y
más adelante el de ser Maestro de la Logia, el Gran Vigilante
y, finalmente, el Gran Maestro de todas las Logias, según
sus méritos.
Ningún Hermano puede ser Vigilante hasta que no ha alcanzado
el grado de Compañero, ni Maestro si no ha desempeñado
las funciones de Vigilante, ni Gran Vigilante si no ha sido Maestro
de la Logia, ni Gran Maestro salvo que haya sido nombrado Compañero
antes de la elección, o que sea noble, o un Gentilhombre
del mejor estilo, o algún sabio eminente, o un arquitecto
destacado, o algún otro artista hijo de padres honrados y
que disfrute de gran mérito según la opinión
de las Logias. Para poder llevar a cabo su deber de la mejor forma
y con más facilidad, el Gran Maestro puede nombrar a un Diputado
Gran Maestro, que anteriormente ha de haber sido Maestro de una
Logia; éste posee el privilegio de hacer todo aquello que
es propio del Gran Maestro, su Superior, siempre y cuando éste
no se encuentre presente o no interponga su autoridad mediante una
carta.
Los dirigentes y gobernadores, supremos y subordinados, de la antigua
Logia deben ser obedecidos, en sus lugares respectivos, por todos
los hermanos, de acuerdo a lo que establecen los Antiguos Deberes
y los Reglamentos, con toda humildad, reverencia, amor y celeridad.
V. De la dirección
del OFICIO durante el trabajo.
Todos los masones han de trabajar honestamente los días laborables
a fin de poder vivir de manera loable los días de fiesta;
y observarán el tiempo prescrito por la ley del país
o confirmado por la costumbre.
Se elegirá o se designará al Compañero más
experimentado para hacer de Maestro o Inspector de los Trabajos
del Señor y los que trabajen bajo sus órdenes deberán
llamarle Maestro. Los Artesanos han de huir de cualquier lenguaje
malsonante, y no deben llamarse por ningún nombre descortés
sino denominarse Hermano o Compañero, debiéndose comportar
de forma educada tanto dentro como fuera de la logia.
El Maestro, sabiéndose capaz de ser astuto, llevará
a término los trabajos del Señor tan razonablemente
como le sea posible, defenderá los materiales como si fuesen
propios y no dará un salario a ningún hermano ni Aprendiz
más elevado del que merece.
El Maestro y los masones que reciban un salario justo serán
fieles al Señor y terminarán honestamente su trabajo,
a destajo o por jornada, y no lo harán a destajo cuando se
acuerde hacerlo a jornal.
Nadie ha de tener envidia delante de la prosperidad de un hermano,
ni le suplantará ni le apartará de su trabajo si es
capaz de terminarlo, porque nadie puede acabar el trabajo de otro
con el mismo provecho delante del Señor, salvo si se encuentra
perfectamente al corriente de los proyectos y planos de quien lo
comenzó.
Cuando se escoja a un Compañero como Vigilante del trabajo
bajo la dirección de un Maestro, será leal al Maestro
y a los Compañeros y durante la ausencia del Maestro vigilará
el trabajo con todo el esmero y a mayor provecho del Señor,
y todos sus hermanos le obedecerán.
Todos los masones empleados recibirán el salario con humildad
y sin revelarse y no abandonarán al Maestro hasta que no
se haya concluido el trabajo.
Deberá instruirse al hermano joven en el trabajo, para que
no estropee los materiales por falta de criterio y para aumentar
y continuar el amor fraternal.
Todas las herramientas que sirvan para hacer el trabajo deberán
ser aprobadas por la Gran Logia.
No se podrá contratar ningún peón para hacer
el trabajo propio de la Masonería; los Franc-masones no trabajarán
con nadie que no sea libre, salvo en caso de una necesidad urgente
y no instruirán a ningún peón ni masón
no aceptado del mismo modo como instruirían a un hermano
o a un Compañero.
VI. De la CONDUCTA,
verbigracia.
1. En la Logia
una vez constituida.
No mantendréis reuniones ni grupos aparte ni conversaciones
separadas sin permiso del Maestro, ni hablaréis de cosas
impertinentes o inconvenientes, ni interrumpiréis al Maestro
o los Vigilantes ni a ningún hermano que hable con el Maestro.
Ni os comportaréis de manera ridícula, ni haréis
burla mientras la Logia se ocupe de asuntos serios o solemnes, ni
usaréis ningún lenguaje indecoroso bajo ningún
pretexto, sino que manifestaréis a vuestro Maestro, Vigilantes
y Compañeros el respeto que les es debido y les demostraréis
veneración.
Si se presenta alguna queja, el hermano declarado culpable se someterá
al juicio y decisión de la Logia que es el juez competente
en relación a todos los litigios (excepto si presentáis
una apelación ante la Gran Logia) y es en ella donde se han
de presentar, salvo si la Obra del Señor resulta perjudicada,
en cuyo caso debe llevarse a cabo un procedimiento particular; sin
embargo, en todo aquello que hace referencia a la Masonería
jamás debe acudirse a los Tribunales sin una necesidad absoluta
reconocida por la Logia.
2. Conducta
después de la Logia y antes de que los hermanos partan.
Podéis divertiros con sana alegría tratándoos
de acuerdo con los talentos de cada cual, pero evitando los excesos,
sin forzar a ningún hermano a beber o comer más allá
de su voluntad, ni impedirle marcharse cuando así lo exijan
sus ocupaciones; tampoco se ha de hacer ni decir nada ofensivo que
impida una conversación relajada y libre porque destruiría
nuestra armonía y arruinaría nuestros loables designios.
De ello se desprende que en el interior de la Logia no debe haber
ninguna desavenencia ni peleas particulares y mucho menos ninguna
discusión referida a la Religión, ni a los países
o la política del Estado, dado que nosotros, en tanto que
masones que pertenecen a la religión universal antes mencionada,
somos de todas las naciones, lenguas, parentescos e idiomas, y nos
declaramos contrarios a todas las políticas, ya que ellas
jamás han contribuido ni contribuirán al bienestar
de la Logia. Estos Deberes jamás han dejado de ordenarse
y observarse estrictamente en la Gran Bretaña, sobre todo
después de la Reforma o de la disidencia y separación
de estas naciones de la Comunión con Roma.
3. Conducta
para cuando los hermanos se reúnen sin extraños, aunque
no en una Logia constituida.
Cuando seáis presentados, tenéis que saludaros de
forma educada diciéndoos Hermano y os daréis libremente
mutuas instrucciones si lo consideráis conveniente sin ser
vistos ni escuchados, sin abrumaros ni faltar al respeto que se
debe a un hermano, aunque no sea masón. Y dado que todos
los Masones son hermanos bajo el mismo nivel, la Masonería
no quita ningún honor a nadie que le haya estado otorgado
previamente, sino que más bien se le añade, especialmente
si los ha merecido dentro de la Fraternidad que otorga honores a
quien se los merece; así mismo, deben evitarse las malas
maneras.
4. Conducta
en presencia de EXTRAÑOS no masones.
Hablaréis y os conduciréis con precaución y
circunspección, de manera que el extraño más
atento no descubra o adivine nada que no convenga hacerle saber;
alguna vez habréis de desviar una conversación y serviros
de la prudencia por el honor de la venerable Fraternidad.
5. Conducta
en el HOGAR y entre el vecindario.
Habéis de actuar tal como conviene a un hombre sabio y de
buenas costumbres; especialmente nadie de vuestra familia, amigos
y vecinos han de ser conocedores de todo aquello que hace referencia
a la Logia; tenéis que conservar con sensatez vuestro propio
honor y el de la antigua Fraternidad por motivos que no hace falta
mencionar aquí. Al mismo tiempo, debéis conservar
vuestra salud no quedándoos reunidos hasta demasiado tarde
o pasar demasiadas horas lejos de casa una vez cerrados los trabajos
de la Logia, evitando la tragonería y la embriaguez para
no abandonar o perjudicar vuestras familias ni resultar incapacitados
para vuestro trabajo.
6. Conducta
hacia un hermano extranjero.
Tenéis que examinarlo de la mejor manera que la prudencia
os indique con el fin de no ser engañados por un falso e
ignorante pretendiente, al que rechazaréis con mofa y menosprecio
y con cuidado de no comunicarle ningún detalle de ningún
conocimiento.
Pero si encontráis que un hermano es auténtico y sincero,
le tenéis que mostrar el respeto debido, y si se encuentra
en una necesidad tenéis que auxiliarle, según vuestras
capacidades, o indicarle como se le puede ayudar; tenéis
que darle trabajo durante unos días o recomendarlo a quien
pueda contratarle. Pero no tenéis obligación de ir
más allá de lo que os permitan vuestras posibilidades,
y más bien debéis preferir a un hermano pobre que
sea hombre de bien y leal antes que otro pobre en las mismas circunstancias.
Finalmente,
debéis observar todos estos Deberes además de los
que se os comuniquen de alguna otra manera, cultivar el amor fraternal,
la Base y Piedra Cimera, el Cemento y la Gloria de esta antigua
Fraternidad, evitando toda disputa y pelea, toda difamación
y maledicencia; no permitir que nadie calumnie a un hermano honrado
y defended la reputación con todos los medios siempre que
sean compatibles con el propio honor y seguridad y no vayan más
allá. Y si alguno de ellos os hace víctima de algún
perjuicio, tenéis que apelar a vuestra Logia o a la suya,
pudiendo apelar a partir de aquí a la Gran Logia en su Asamblea
Trimestral y desde ésta a la Gran Logia anual, de acuerdo
con la antigua y loable costumbre de nuestros antepasados en cada
país; jamás debe irse a los Tribunales salvo cuando
no sea posible solucionar el caso de otra manera, siendo necesario
escuchar con paciencia el consejo cordial del Maestro y de los Compañeros
cuando os quieran impedir el ir a los Tribunales con extraños
o persuadiros de poner fin rápidamente al proceso a fin de
dedicaros con más dedicación y éxito a los
asuntos de la Masonería. Aunque con todo lo que tiene que
ver con los hermanos o Compañeros relacionados con el proceso,
el Maestro y los hermanos han de ofrecer benevolentemente su mediación,
a la cual los hermanos en litigio habrán de someterse con
agradecimiento; si la citada obediencia no es posible, deberán
continuar con el proceso legal sin ira ni rencor (a la inversa que
de costumbre), sin decir ni hacer nada contrario al amor fraternal
ni a los buenos trabajos, los cuales se han de retomar y continuar,
para que todos comprueben la beneficiosa influencia de la Masonería
tal como han hecho todos los masones desde el principio del Mundo
y lo harán hasta el fin de los Tiempos.
Amén, así sea.
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