Pepe Rodríguez

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Manifiesto de francmasones regulares españoles
(14 de mayo de 2006)

(Fuente: © Rodríguez, P. (2006). Masonería al descubierto. Barcelona: © Temas de Hoy, Anexo nº 6, pp.457-460)

MANIFIESTO DE FRANCMASONES
REGULARES ESPAÑOLES


L
a Masonería Regular Española en su aparición social a partir de la democratización del Estado Español, tras finalizar el antiguo régimen en 1975, está obligada a retomar, de forma perentoria, desde su tradición e historia, su compromiso con la sociedad en la que se interrelaciona. Para ello debe meditar sobre el camino andado, perfeccionar su trabajo, acomodarse a su devenir histórico y a su medio geográfico, definiendo la personalidad que le es potestativa.

En la gran dificultad de su actualización han influido diferentes factores, entre los que destacan aquellos derivados de una falta de cultura democrática, que durante décadas afectó al pueblo español.

No solamente le afectó en su inicio (bajo la Ley de Asociaciones de 1963) sino en toda su andadura; al día de hoy todavía no se ha adecuado a la actual Ley de Asociaciones (L. O. 1/2002) y a la Constitución Española, leyes que todo Hombre de Bien, Francmasón o profano debe cumplir y acatar.

La Masonería Regular Española, representada por la G.L.E., tiene vocación universal y se siente muy orgullosa de que en su ámbito territorial florezcan Logias de Hermanos que, procedentes de muchos países, tienen incluso la posibilidad de trabajar en sus lenguas vernáculas.

Entre los Landmarks de la Masonería Regular se recoge un principio que no puede ser alterado: la obligación de todo Francmasón de someterse a las Leyes y Reglamentos del país donde reside. Y por lo tanto, todo Francmasón originario de cualquier país y procedente de cualquier Potencia Masónica Regular, al trabajar en una Logia ubicada en el Estado Español, se encuentra sujeto a la normativa propia que emana de la G.L.E. al igual que ocurre con los españoles Afiliados en Logias extranjeras.

Para cumplir con estas Leyes, es necesario acomodar nuestra Constitución y Reglamentos Generales a la Ley de Asociaciones, vigente en la actualidad. Esta adaptación no fue posible pese a que se pretendió, como único punto del Orden del Día, en la Gran Asamblea Extraordinaria de Junio de 2003.

Ante la insidiosa e ignorante definición, usada de manera interesada por algunos, de que existe una Ley Masónica y una Ley Profana, declaramos que en el mismo momento en que es condición indispensable y necesaria para pertenecer a la Masonería Regular, y concretamente a la Gran Logia de España, el juramento de cumplir con las Leyes legítimas del país donde residimos, significa que la Masonería asume como propias esas Leyes y las convierte en Ley Masónica, de tal manera que quien conculca la Ley que ha jurado cumplir está conculcando la Ley Masónica.

No habiéndose adaptado todavía la Constitución y los Reglamentos Generales internos, estamos incurriendo en un fraude de ley cuando al Aprendiz, en su Iniciación, el Venerable Maestro le dice: «Os puedo dar la seguridad de que estas Leyes no son contrarias en nada a las del Estado» exigiéndole jurar o prometer el cumplimiento de algo que en realidad no puede cumplir.

Pero además, toda actuación masónica debe acomodarse, no solo al Ordenamiento Jurídico del país, sino también a los Usos y Costumbres de la Francmasonería Regular Universal. Declaramos que ésta es un exponente de los ideales del librepensamiento, tolerancia, concordia, solidaridad, laicismo, etc., y, por lo tanto, es un espacio de la sociedad, abierto al conocimiento y a sus avances en el progreso de la humanidad.

La Masonería Regular es, por definición, una sociedad iniciática, de estructura democrática pero jerarquizada, que se ofrece como una escuela de formación de sus miembros. Infunde en éstos sus principios filosóficos y un método de valores. El ideal de hombre que la Masonería forma debe atesorar, como identidad propia, amor a la sabiduría, rectitud moral y pasión por la libertad.

Por ello, manifestamos que estos Principios deben quedar claramente definidos en nuestra Constitución y Reglamentos Generales, actuando de acuerdo con los mismos, sin privilegios ni cortapisas evitando que, fidelidades mal entendidas, puedan ser promovidas y aprovechadas sin escrúpulos por quienes, en conciencia, no confían en la Democracia y no creen en los PRINCIPIOS E IDEALES MASÓNICOS, porque si así fuera, no se abandonarían a esas practicas espurias y criticables. Circunstancia insólita que no tiene antecedentes en la Masonería Regular Universal.

Desde la preocupación masónica convocamos a todos los Hermanos, a cada uno en su Grado, Condición y Responsabilidad, para actuar desde la fortaleza y la generosidad, en consonancia con el compromiso masónico de garantizar la Regularidad, el vigor y el trazado del futuro de nuestra Orden Francmasónica española, que sintetizamos en:

- Afirmación y recuperación de la identidad y potencia soberana de la G.L.E. como exponente de la Francmasonería Regular Española.

- Adaptación de la Constitución y Reglamentos Generales a la legalidad normativa del Reino de España.

- Derecho inalienable de todo Francmasón de la G.L.E., miembro de pleno derecho, a estar representado, con todas las consecuencias y prerrogativas, en la Gran Logia de España, tal y como proclama la vigente legislación española.

- Derecho a la libertad de expresión y de opinión, sin que el ejercicio de las mismas, limitado por el respeto a las leyes y a los demás, acarree represalias o sanciones arbitrarias e injustificadas.

- Profundización en los valores éticos, del librepensamiento y del laicismo, tan queridos por los Francmasones, que impiden el uso del Oficio que se ostente dentro de la Francmasonería para lucro personal e intereses propios.

- Ejercicio permanente de austeridad y honorabilidad en el manejo de los asuntos económicos de la Obediencia y del Tesoro del Pueblo Masónico de España.

- Respeto escrupuloso a las Leyes Masónicas y Civiles, que todo Francmasón jura cumplir, así como a los derechos que asisten a todo Francmasón, sin que nunca puedan ser atropellados por el uso caprichoso de la potestad de quien ostente un Oficio masónico, por muy alta que sea su jerarquía.

- Profundización en los valores que garantizan la libertad de conciencia y creencia de todos los ciudadanos, profundizando en los valores del laicismo que para un Francmasón regular tiene como límite la creencia en el GADU.

- Compromiso activo de los Francmasones Regulares, con los valores que inspiran un Estado libre, aconfesional y democrático.

- Compromiso activo de la Masonería Regular Española con la sociedad ante los retos que el siglo XXI presenta ante nosotros, en sus diversos aspectos, políticos, económicos, de justicia social, medioambiental, globalización, etc.

Son unas reflexiones, debidamente sopesadas, que conllevan exigencias ineludibles que como Francmasones Regulares Españoles planteamos ante el Pueblo Masónico y, en especial, a todos aquellos que, por razones de su Oficio, han jurado LEALTAD A LA FRANCMASONERÍA REGULAR ESPAÑOLA, y que exigen de forma urgente actuaciones concretas:

1.- Adaptación de la actual Constitución y Reglamentos de la Gran Logia, cuya actual normativa emana de la antigua ley franquista de asociaciones de 1963, a la vigente Ley de Asociaciones del Estado Español, (ley Orgánica 1/2002) y al artículo 22 de la Constitución Española, que reconocen y amparan el derecho de todo Francmasón a ser elector de sus órganos de gobierno.

2.- Que este proceso de adaptación se lleve a cabo con las máximas garantías y celeridad, por lo que proponemos la creación de una GRAN COMISIÓN ASESORA REPRESENTATIVA de las diversas sensibilidades existentes en la GLE.

3.- Ello debe conllevar por parte de las Autoridades Masónicas la aceptación de un compromiso formal ante el Pueblo Masónico español de que durante este proceso de adaptación no se realizarán más actuaciones que las derivadas de la gestión administrativa y económica cotidiana.


Mayo de 6006 (A. V. L.)


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