Pepe Rodríguez

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Nueva Acrópolis: la condena judicial de Jorge Livraga por tenencia ilícita de un revólver, una realidad que la secta se empeña en negar


Desde hace ya muchos años, los dirigentes de la secta internacional Nueva Acrópolis niegan que su fundador Jorge Ángel Livraga Rizzi fuese condenado por tenencia ilícita de un revólver, y se "defienden" afirmando que tal cosa fue una invención de este autor. Pero mienten.

Jorge Livraga
Armas de fuego cortas, entre las que está una similar a la poseída ilícitamente por Livraga.
Jorge Livraga, a la izquierda (con perdón), fue condenado por la tenencia ilícita de un revólver como el del centro de la fotografía. La policía incautó en la habitación privada de ese "filósofo" un revólver Taurus calibre 38 especial de dos pulgadas (nº EL-12.469). Las otras dos armas son similares a las que portaba, también ilícitamente, quien ejerció de guardaespaldas de este "Comando Mundial" que se hacía saludar por los suyos, brazo en alto, como "Ave Maestro", "Ave Cesar" o "Ave Emperador".


Lamentablemente para Nueva Acrópolis y su honorabilidad, la realidad es la que es. El juicio contra Livraga y su guardaespaldas Antonio Chao Fernández se celebró el 13 de junio de 1988 en la Sección Tercera de la Audiencia provincial de Madrid.
El proceso judicial fue iniciado a instancia de una denuncia personal mía, en base a la investigación personal realizada sobre ellos y a la entrada y registro judicial de la vivienda de Livraga que solicité personalmente al juez instructor competente en la causa. La condena de Livraga se basó únicamente sobre las pruebas que aporté, instruidas en el sumario número 10/87 CP del Juzgado de Instrucción 23 de Madrid.
El juicio oral se celebró el 13-06-1988 y a él comparecí como testigo de la acusación (ver citación judicial). Del papel vergonzoso y cobarde que hizo Livraga ante el tribunal (intentando pasarle la responsabilidad del arma ilegal a un colega suyo ya fallecido) ya hablé detenidamente en mi libro El poder de las sectas (1989).
La Sentencia condenatoria es la 203 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha 15-6-1988 y dice textualmente:

"La Sala acuerda por mayoría, condenar al procesado Jorge Angel Livraga Rizzi como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con sus accesorias de suspensión de cargos públicos y derecho a sufragio durante el tiempo de condena, y al pago de las costas procesales.
Para el cumplimiento de la pena se le abona todo el tiempo de prisión provisional sufrida por esta causa.
Y la sala aprueba el auto de insolvencia en su día consultado por el Instructor".

Pero ya que he tenido que tomarme la molestia de publicar esta página, vamos a hacer las cosas bien y apoyaré cada afirmación vertida con la correspondiente documentación probatoria, para que ya no haya más duda sobre la calaña del tal Livraga (actualmente ya fallecido) y de sus acólitos.

Para comenzar, aquí va el texto completo de la sentencia condenatoria de Jorge Livraga por tenencia ilítita de armas (documento pdf de 291 Kb).

El inicio de esta historia arrancó de una investigación mía realizada en 1985, que se resumió en un reportaje publicado en la revista Tiempo número 157 de fecha 13-05-1985 (ver la investigación publicada en Tiempo, documento pdf de 1.159 Kb), en el que se demostraba la tenencia ilícita de las armas citadas y de varias otras, y también se revelaba parte del contenido de documentos fundamentales y secretos de esta secta. Esos datos fueron ampliados en un capítulo de mi libro Las sectas hoy y aquí, publicado también en 1985.

Los datos publicados, obviamente, no le gustaron nada a quienes entonces estaban en la cúpula de Nueva Acrópolis, que intentaron coaccionarme por diferentes conductos. Mi respuesta fue la habitual en estos casos, según mi modo de trabajar: me fui a Madrid y, el 15-05-1986, presenté denuncia contra esa gente y su grupo ante el juzgado de guardia. Los datos detallados y concretos que facilité por escrito ante el juzgado, en dos comparecencias, pueden leerse en las copias de los mismos escaneadas y presentadas aquí en formato pdf (ver los documentos de denuncia judicial contra Nueva Acrópolis y sus dirigentes, documento de 716 kb). El resto de declaraciones prestadas figuran en el expediente judicial y las conversaciones mantenidas con el juez instructor no le competen a nadie más.

Demostrar el delito por tenencia ilícita de armas me había resultado bastante fácil, a pesar de que de ello se hablaba desde hacía tiempo en policías de diferentes países, que afirmaban su existencia pero pensaban que no se podría demostrar... ¡y todas esas policías no han sido capaces, hasta el día de hoy, de hacer bien su trabajo y probar lo que un simple periodista sin medios pudo acreditar sin lugar a dudas... y podría volver a hacer! Queda para el regodeo general declaraciones efectuadas por responsables policiales españoles, por ejemplo en La Vanguardia (06-11-1985), en el sentido de creer "que no podría encontrarse pruebas delictivas contra Nueva Acrópolis" (ver estas declaraciones en artículo de prensa, documento pdf de 279 Kb) cuando ya hacía más de medio año que yo las había publicado sin dejar lugar a dudas.

Tal como es lógico suponer, Nueva Acrópolis y su cúpula me demandaron civilmente. Y aquí surge otra de las patéticas mentiras que esta sectilla y su gente siguen repitiendo hoy día. Según ellos yo perdí esa demanda y entré en la cárcel no sé cuantas veces. Todavía a mediados de marzo de 2007, que es cuando he decidido colgar toda esta información en mi web, los sectarios acropolitanos le decían a uno de sus "estudiantes" lo que éste me explicó por mail:

Hola Pepe, cómo estás,

Ayer tuve una "charla" con Nueva Acrópolis ya que he comunicado mis indagaciones a mi coordinadora que tengo en xxxx de Málaga del Voluntariado ya que hago un curso en NA sobre Voluntariado.

Para simplificar. Toda la información enviada se la pasaron a GEA (Grupo de Ecología Activa) una "ONG" de Nueva Acrópolis. Ellos niegan todo, todo de cuanto he leido y a tí, y esto es la razón por lo que te escribo, hablan de que te dedicas a difamar, que te pagan para que lo hagas que te denunciaron por difamación, después de pedirle yo sentencias ganadas por difamación para poderles creer (que no me enseñaron), y que te ganaron. Que has salido varias veces de la cárcel por difamar a la gente. Que no existe juicio contra el fundador que todo es infundado. Que no existe la sentencia que me hablastes. Que todo es un mercado de invenciones y mentiras contra Nueva Acrópolis por envidia.

PD. Por cierto decidieron echarme del curso por haber enviado la información a mi coordinadora y no a ellos antes.
(...)
Le eché en cara de que utilizaban insignias nazis como el hacha fascis de un adepto de allí, resulta que era del "Señor de los Anillos" curiosamente esto salió en mis indagaciones sobre las insignias usadas aunque de lejos aparenta un fascis, de cerca... es otra cosa quizás por aquello de las ilegalidades de las insignias nazis. Pero en fin, cada uno haga sus análisis.

Me echaron en cara que yo era una persona muy influenciable al creerme todo lo que dicen por ahí.
Algo he leido en tu libro sobre estrategias que utilizan en estas situaciones.


Vayamos a la famosa demanda "por difamación" de Nueva Acrópolis contra mi. La demanda lo fue en base a la tutela judicial de los derechos al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, instada por la Asociación cultural Nueva Acrópolis, Giorgio Livraga Rizzi, Delia Steinberg Guzman y Antonio Alzina Fortea, y dio lugar al expediente judicial número 870/85 del Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid.

La demanda fue interpuesta el 3-07-1985, pero lo hicieron tan mal que yo no tuve comunicación de su existencia hasta el 25-03-1986, fecha en la que recibí un telegrama de la magistrada intructora del expediente (telegrama número MDB697 15683). Un día después hice mis alegaciones por escrito y las envié por correo. El 14-05-1986 me personé ante el Juzgado para declarar personalmente. Lo hice sin abogado ni procurador, ya que para defenderme de las idioteces que decían los demandantes no hacía falta hacerle perder el tiempo a nadie más. Es una pena que el lector no pueda disponer de todo el expediente --¡¡¡ni loco me voy a poner a escanear tanto papel!!!-- ya que disfrutaría mucho con las ocurrencias de ese personal y del estilo alcanforado, por llamarlo de alguna manera, de su letrado.

Llegó la Sentencia, concretamente el 4-07-1986, y en ella, la magistrada Doña Manuela Carmena, no sólo criticó las deficiencias de la demanda y la falta de justificación para interponerla, sino que absolvió al demandado, un servidor de usted, "de lo que en su contra se pedía. Así mismo DECLARO que las costas de este juicio han de ser pagadas por NUEVA ACROPOLIS, GIORGIO LIVRAGA RIZZI, DELIA STEINBERG GUZMAN Y ANTONIO ALZINA FORTEZA".

La sentencia fue firme al no ser recurrida por los demandantes. Para que no haya dudas, la sentencia absolutoria para este autor y condenatoria para los acropolitanos está disposición de quien tenga interés legítimo en acceder a ella (documento en formato pdf de 805 Kb).

Espero que ahora los acropolitanos dejen de mentir y de creerse sus propias cretineces.

Y si los acropolitanos quieren más sentencias condenatorias contra Nueva Acrópolis y sus pretensiones, tengo algunas más a su disposición...

Cuando se juzgó a Livraga no compareció el otro acusado por el mismo delito, Antonio Chao Fernández, el que fuera su guardaespaldas e "hijo" predilecto. La policía judicial no hizo su trabajo y no fue capaz de localizar a un tipo que pasaba todas las noches en una discoteca concreta (así lo encontré yo) y cuya dirección y teléfono figuraba en la guía telefónica. Así es que el 17-05-1989 al tribunal se le ocurrió citarme para volver a ejercer de testigo contra Chao.
Me negué a comparecer, obviamente, y mediante escrito en formato jurídico les vine a decir, elegantemente, que si la Administración de Justicia estaba repleta de inútiles yo no tenía ninguna culpa ni tampoco ganas de hacerle el trabajo a quienes no saben hacer el suyo (ver mi escrito dirigido a la Audiencia Provincial de Madrid, documento pdf de 197 Kb).
Años después pasé por la Audiencia y, por pura curiosidad, pregunté por el caso. Me dijeron que el tal Chao Fernández no había podido ser juzgado por estar en busca y captura. Pedí una guía telefónica de Madrid y le mostré al funcionario la dirección y teléfono del domicilio del "ilocalizable". Supongo que nadie se molestó en llamarle. Y mis obligaciones acabaron cuando probé sin lugar a dudas las acusaciones que en su día publiqué contra los responsables de la secta acropolitana.

Y puestos ya en harina, aprovecho para hacer públicos dos documentos internos secretos que Nueva Acrópolis siempre ha negado.

El primero y fundamental es el Manual del Dirigente, escrito personalmente por Jorge Livraga Rizzi y reservado sólo para uso de los altos mandos de la secta. Desde 1985 poseo un original, adquirido (y no fue barato) a un líder de la secta, que ha sido la fuente de la que han bebido buena parte de las informaciones sobre este documento (del que existe también, al menos, una fotocopia de su equivalente francés).
La versión que aporto aquí, en pdf, contiene 19 páginas de las 119 que conforman el documento total, pero leídas con atención darán una buena idea de cómo es en realidad esta secta en su estructura interna y oculta a la sociedad y a los propios miembros de base, también podrá verse la justificación de las estrategias de manipulación y engaño que tanto gustan a sus líderes. Ver el Manual del Dirigente, documento pdf de 770 Kb.

Curiosa e instructiva resulta también la lectura del Reglamento para Miembros, que en este caso sí que reproduzco entero, y procede de un original que viene avalado por la firma autógrafa de la siempre todopoderosa Delia Steinberg Guzmán. Ver el Reglamento para Miembros, documento pdf de 250 Kb.

Son decenas los documentos de circulación interna que deberían escanearse y hacerse públicos, para goce de profanos y provecho de los miembros que lo ignoran todo del lugar donde han depositado su confianza, pero mi tiempo es más que limitado, así es que ya seguiremos otro día... o no.

A los amantes de los símbolos les recomiendo encarecidamente que se lean las revistas editadas por Nueva Acrópolis entre 1974 y mediados de 1980. La democracia les olía a azufre del infierno, tal como explicitaban en algunos escritos, y los símbolos... son lo que son... por ejemplo... ese glorioso fascis o hacha de doble filo de gran tradición, adornado con el aguilucho fascista/franquista, que protagonizaba la portada de la revista número 2 de Nueva Acrópolis en febrero de 1974 (ver la portada).

Es probable que los datos de esta página también le sirvan para enterarse de algo a dos presuntos expertos en "sectas", a los ultraconservadores e imaginativos César Vidal Manzanares y Manuel Guerra, que en sus libros han dicho bastantes burradas sobre este caso y, obviamente, sobre mi (estos dos tampoco me aman, ¡qué pena más gorda!).

 
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