La Sra. María Paola
COLOMBO SVEVO (PPE, Italia), vicepresidente
de la Comisión de Libertades Públicas y Asuntos Interiores
del Parlamento Europeo, recuerda que el Parlamento Europeo aprobó
una resolución en febrero de 1996 sobre las sectas en Europa (véase
Anexo). En esta resolución el Parlamento Europeo pide que en una
reunión conjunta con los Parlamentos nacionales de los Estados
miembros de la Unión, se fijen dos objetivos:
- que se proceda a un intercambio
de información sobre la organización, métodos
de trabajo y comportamiento de estas "comunidades" en cada uno de
los Estados miembro;
- que se elaboren conclusiones
sobre la mejor forma de limitar las actividades indeseables que llevan
a cabo y sobre las estrategias para incrementar la concienciación
de la población.
En Bélgica, en Alemania,
en Francia ( 1), se discuten estas cuestiones. Se
han creado comisiones de investigación parlamentarias.
En el aspecto jurídico,
la "secta" no existe. Se le aplican las reglas relativas a las asociaciones,
reglas que garantizan la libertad de religión, la libertad de
conciencia, el derecho de asociación... ´No debemos abandonarlas!
Estas normas constituyen el fundamento de nuestras democracias, consagrado
por todas nuestras legislaciones, todas nuestras constituciones. En
lugar del término "secta", prosigue la Sra. COLOMBO SVEVO, yo
prefiero el de "nuevos movimientos religiosos" ya que el término
"secta" comporta una connotación peyorativa en buen número
de nuestros países. Investiguemos sobre lo que podríamos
llamar "derivas sectarias" de estos nuevos movimientos religiosos. ¿Cuáles
son las actividades que violan nuestras legislaciones? ¿Los derechos
humanos? ¿Amenazan el equilibrio y la independencia de nuestros
ciudadanos? ¿Dan lugar a atentados y a suicidios colectivos?
Es necesario delimitar los problemas, analizar cuáles son los
mejores medios de luchar contra ellos. Estos últimos años
ha aumentado el número de adhesiones a estos nuevos movimientos
religiosos. ¿Por qué? ¿Cuáles son los métodos
empleados? Examinemos los aspectos económicos y financieros,
las ramificaciones que penetran hasta el mundo del trabajo, de la empresa,
de la captación.
Por último, se plantea la
cuestión de nuestra cooperación: ¿qué forma
debe asumir? ¿banco de datos común, observatorio, acción
común?
Esperamos de su participación
en este encuentro que se pueda definir un nuevo equilibrio entre libertades
y respeto de los derechos de los ciudadanos en este tema.
El Sr. Evangelos
STAIKOS toma la palabra en nombre de la Comisión de la
Administración pública, del Orden público y de
la Justicia de la Cámara de Diputados griega.
Subraya que la importancia y la
gravedad de esta cuestión de las sectas religiosas o pararreligiosas
se desprende claramente del hecho de que el Parlamento Europeo -que
ha demostrado su sensibilidad en todo lo relativo a los derechos del
hombre y de las libertades políticas y religiosas- dé
el grito de alerta ante el funcionamiento y la actividad incontrolados
de organizaciones que, bajo pretexto de religión, se dedican
a actividades turbias, pretendiendo subvertir valores e ideas que han
presidido la construcción y el desarrollo de las sociedades europeas.
El apartado 4 de la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo
-que estipula que los Gobiernos de los Estados miembros no deben conceder
automáticamente el estatuto de organización religiosa
a este tipo de organización y deberán, en el caso de que
las sectas se vean implicadas en actividades ocultas o delictivas, considerar
la posibilidad de privarlas del estatuto de comunidad religiosa que
les haya sido concedido- impone la obligación de estudiar de
manera sistemática y profundizada la cuestión a nivel
sociológico y jurídico así como también
teológico. La posición de Grecia a favor de la protección
y del respeto de la libertad religiosa no presenta duda; sin embargo,
conviene, una vez realizados estudios serios y asumiendo plenamente
las responsabilidades que hacen al caso, trazar una línea de
demarcación que separe la inspiración divina, que define
una religión, de las referencias oscuras sobre las que se apoya
una secta; la libre actividad religiosa de la actividad delictiva. Este
segundo aspecto tal vez sea sencillo, ya que la ciencia jurídica
puede proporcionar la respuesta. El primer aspecto, en cambio, presenta
dificultades.
Por esta razón, es indispensable
instaurar una cooperación más estrecha entre los
Estados miembro y las instituciones competentes de la Unión Europea,
cooperación que favorecerá la creación de un órgano
de coordinación para Europa, encargado de estudiar estas cuestiones,
de intercambiar información y de coordinar las iniciativas y
acciones en la materia.
Por lo que respecta a las acciones
concretas, sería conveniente dar prioridad a la creación
de programas culturales y educativos, dirigidos sobre todo a los grupos
sociales más sensibles, como son los jóvenes. Estos programas
deberían contener información y datos serios, con el fin
de que los individuos puedan elegir por sí mismos en plena libertad.
Si bien toda sociedad debe protegerse
contra las actividades ilícitas y delictivas, también
es cierto que es necesario preservar la libertad de religión.
En este terreno, las medidas que se adopten, sean cuales sean, deben
tomarse con prudencia y circunspección teniendo en cuenta la
especificidad del sentir religioso. En ningún caso se debe permitir
que la lucha contra desviaciones de tipo delictivo del fenómeno
religioso conduzcan a replantear el derecho a practicar la religión
y la protección de las religiones establecidas. Las consideraciones
que preceden representan el punto de visa permanente del Estado y de
la sociedad griegos. La legislación griega se sitúa asimismo
en este marco. No define las sectas como "nuevos movimientos religiosos",
"herejías de reciente aparición", ni siquiera "cultos
destructores"; tampoco dilucida el fenómeno, pues se inscribe
en un concepto y en una política vinculada a las "religiones
conocidas" en el sentido del artículo 13 de la Constitución
griega ( 2). Todas las "religiones conocidas" están
protegidas en el marco de la libertad de religión. Las desviaciones
de los nuevos movimientos religiosos que presenten un carácter
no religioso, sino económico-financiero, social u otro, se verán
reprimidas por las autoridades competentes, porque infringen la legislación
existente. Sin embargo, el hecho de que estos movimientos pretendan
ser de naturaleza religiosa hace difícil, incluso imposible,
el ejercicio de la persecución y la represión de los delitos
en el marco del respeto de la libertad de religión. En cuanto
al hecho de que la legislación griega parece tener lagunas en
este terreno, ello se debe al hecho de que Grecia no se ha visto hasta
la actualidad confrontada a fenómenos preocupantes vinculados
a la actividad y al funcionamiento de estos movimientos. El problema
se había abordado desde el punto de vista religioso y teológico
y no en términos jurídicos. Esta situación, a saber,
la ausencia de legislación y también de experiencia en
la materia, impide o al menos obstaculiza la recogida de información,
tanto más que el Estado griego es muy sensible en lo que respecta
al respeto y a la protección de los derechos humanos.
En su intervención durante
el debate, la Sra. Irini LAMBRAKI (diputada
al Parlamento Europeo, PSE, Grecia) añadió que la única
secta implantada en la sociedad griega es la de los Testigos de Jehová,
que está dentro de la legalidad nacional. El único caso
que plantea problemas es el de los padres Testigos de Jehová
que no permiten que se realicen transfusiones sanguíneas a sus
hijos. Cuando estos casos se presentan, los médicos tienen autorización
para realizar la transfusión sanguínea con acuerdo del
fiscal. En caso de muerte de un menor por falta de transfusión,
los padres son procesados, no a causa de sus convicciones religiosas,
sino por no haber respetado la obligación de ejercer la tutela
parental.
Por todas estas razones, la cooperación
interestatal y la coordinación de las actividades con objeto
de identificar estos movimientos y estudiar seriamente el problema,
así como los medios de tratarlo revisten gran importancia.
El Sr. Pär-Axel
SAHLBERG, Presidente de la Comisión constitucional del
Parlamento sueco insiste en las libertades de opinión,
de expresión, de asociación, de reunión y de religión
inscritas en la constitución sueca, siendo que la libertad de
religión es la única de estas libertades fundamentales
que no puede verse limitada de manera alguna. La libertad de asociación
puede verse limitada por ley y ciertamente, en consecuencia, verse limitada
la libertad de religión, pero ninguna disposición jurídica
particular afecta a las asociaciones religiosas. En los últimos
años, el Parlamento sueco ha abordado esta cuestión y
particularmente el aspecto de la violación psíquica, y
ha propuesto que los gobiernos adopten medidas preventivas y lleven
a cabo campañas de información en las escuelas, los servicios
sociales, los hospitales, etc. Por el momento la cuestión está
siendo estudiada.
El Sr. CALVAO
DA SILVA,miembro de la Comisión de Asuntos constitucionales,
de Derechos, Libertades y Garantías del Parlamento portugués
constata de entrada que los nuevos movimientos religiosos o sectas plantean
cierto problema en Portugal.
El orador expone el caso de la
Iglesia Universal del Reino de Dios, originaria de Brasil, cuya influencia
y poder ha conocido un rápido crecimiento, particularmente en
los medios de comunicación, ya que esta secta había comprado
radios locales y espacios publicitarios en la televisión. Algunas
de sus prácticas se situaban en el límite de la legalidad,
tanto el público como las autoridades han reaccionado, lo cual
ha provocado un rápido declive de la secta. Ciertamente no se
puede tolerar que la libertad religiosa sirva para encubrir actividades
ilícitas e incluso delictivas. Colaboración a escala
europea: el orador considera que Europol podría servir de
banco de datos de las actividades dudosas de las sectas en Europa.
La autoridad responsable de la
cuestión es el Ministerio federal de la Juventud, la Cultura
y la Enseñanza. Por otra parte, cierto número de instituciones
se ocupan de la documentación y de la información sobre
las sectas: asociaciones eclesiásticas, grupos de ayuda y otros
centros de documentación. El Ministerio federal ha publicado
recientemente un folleto de información sobre las sectas: ´los
50.000 ejemplares se agotaron en dos semanas! Aunque no exista legislación
concreta sobre las sectas, se les pueden aplicar las disposiciones generales
contenidas particularmente en las leyes sobre la protección de
los consumidores y sobre las asociaciones, en el código de la
industria y el artesanado y en el código penal. Para la Sra.
Sonja MOSER, miembro de la Comisión
de la Familia del Consejo Nacional de Austria estos instrumentos
son suficientes para combatir los efectos negativos de la proliferación
de las sectas.
Se está elaborando un repertorio
de sectas, en estado aún embrionario, que deberá permitir
clasificar los diferentes grupos en función de su carácter
peligroso y de otros criterios. Una audiencia parlamentaria dedicada
a las sectas y a los riesgos que presentan para los ciudadanos ha arrojado
las siguientes conclusiones: a diferencia de otras asociaciones, las
sectas exigen de sus miembros un compromiso total e intentan dirigir
todos los aspectos de su existencia. Es muy difícil retirarse
de una secta a causa de las fuertes presiones que se ejercen.
Para Madeleine
PETROVIC, miembro de la Comisión de la Familia del Consejo
Nacional de Austria, una de las causas del éxito creciente
de las sectas y de agrupaciones análogas en el curso de las últimas
décadas reside en el hecho de que tanto nuestra sociedad como
la política europea están centradas en torno a los intereses
económicos, abandonado a su suerte los problemas sociales.
Madeleine PETROVIC añade
que la constitución austríaca garantiza la libertad de
culto para toda religión reconocida por la ley (doce en el momento
actual). Por otra parte, existe una multitud de sectas y de comunidades
que, desde el punto de vista legal, se sitúan en una zona turbia.
Actualmente se supone que unas 50.000 personas pertenecen en Austria
a un secta y que otras 20.0000 estarían relacionadas con las
mismas. En los últimos años se ha constatado una verdadera
explosión de oferta religiosa hasta el punto de haberse acuñado
el término "supermercado de la fe".
El Sr.
KOEKKOEK (Segunda Cámara, Países Bajos), anuncia
que las posiciones que defenderá en el transcurso de la reunión
no reflejan necesariamente el punto de vista de su institución
parlamentaria. En 1984 apareció en los Países Bajos un
informe sobre "nuevos movimientos religiosos". Sus conclusiones: no
plantean mayor problema. La constitución neerlandesa incita a
la vigilancia; asociaciones religiosas o no se ven tratadas de la misma
manera. Es el derecho penal el que debe trazar el límite entre
lo que está autorizado y lo que no lo está. Los servicios
de seguridad del interior mantienen la vigilancia y hasta el momento
no se han registrado acontecimientos preocupantes.
La Sra. Rosa
RUSSO JERVOLINO, presidente de la Comisión de asuntos
constitucionales de la Cámara de diputados, estima que la cooperación
a escala europea constituye una necesidad absoluta. En Italia, la "secta"
no existe en el plano jurídico, pero la jurisprudencia y particularmente
una sentencia de febrero de 1995 del tribunal supremo ( 3)
, está llena de enseñanzas. El fenómeno de las
sectas va tomando importancia en Italia, pero sin que ello plantee problemas
a ojos de la opinión pública o de las instituciones ya
que Italia no ha conocido manifestaciones espectaculares como los suicidios
colectivos, por ejemplo. Se supone que existen en Italia unos 400 "nuevos
movimientos religiosos" que afectarían a unas 600.000 personas,
siendo que los Testigos de Jehová son los más numerosos,
según el centro de investigación sobre las sectas de Bolonia.
Se consideran prioritarias: las
campañas de información preventivas y de sensibilización
sobre los peligros del fenómeno sectario dirigidas a la opinión
pública y a las instituciones, así como una mejor colaboración
a escala europea, por ejemplo, mediante la creación de un observatorio.
El Sr. John HUTTON,
miembro de la Comisión de asuntos interiores de la House of
Commons del Reino Unido, indica que ni las "sectas" ni los "nuevos
movimientos religiosos" existen en el aspecto legal en el Reino Unido,
existiendo únicamente el concepto de organización terrorista.
Los sucesivos gobiernos han considerado suficientes los instrumentos
jurídicos de que disponen para defender los derechos de los ciudadanos
frente a las sectas. La Comisión de asuntos interiores no ha
incluido este punto en el orden del día de sus trabajos, pero
prevé realizar en 1997 un estudio sobre la influencia de los
francmasones en la policía y en la justicia. Las disposiciones
legales que permiten impedir la entrada en el territorio británico
de personas peligrosas para el orden público han sido aplicadas
al Reverendo Moon; por lo que respeta al estatuto de la iglesia de la
cienciología, ésta ha conocido numerosos percances ya
que en un principio se consideró peligrosa -siéndoles
negado a los cienciólogos el estatuto de estudiantes o el permiso
de trabajo- aunque más tarde esta prohibición fue levantada
a consecuencia de un nuevo informe. Los cienciólogos sin embargo
no están autorizados a ejercer funciones religiosas. El debate
sobre esta cuestión permanece abierto.
El Reino Unido no tiene disposiciones
constitucionales que garanticen los derechos y libertades individuales,
pero éstos están ampliamente cubiertos por la Convención
de los Derechos Humanos.
¿Cooperación?:
ésta podría realizarse en el marco de Europol por lo que
respecta a las actividades delictivas pero el orador sugiere que se
evite la creación de nuevas "burocracias" europeas.
El Sr. José CAÑELLAS
FONS, presidente de la Comisión parlamentaria de asuntos
interiores y de la función pública del Senado español
explica que el legislador español no ha definido las "sectas"
porque "al intentar poner los puntos sobre las íes se corre el
riesgo de ponerse de lado de las íes"... Por otra parte, la cuestión
de las sectas no plantea verdaderos problemas actualmente en España.
El Sr. Juan Antonio ARÉVALO SANTIAGO,
portavoz del Grupo socialista añade que el nuevo Código
penal español, de mayo de 1996, considera delictivas las asociaciones
que recurren a la violencia para ejercer un control sobre la personalidad.
Los dirigentes de estas asociaciones están sujetos a penas agravadas
(penas de prisión de 2 a 4 años) y sus colaboradores a
penas de prisión de 1 a 3 años. Una comisión parlamentaria
ha trabajado sobre la cuestión de las sectas y ha fijado una
definición pragmática de "secta" como grupo organizado
en base a doctrina religiosa o no.
En España el número
de sectas oscila entre 40 y 50, siendo imposible cuantificar el número
de adeptos.
Cooperación: el orador
está a favor de elaborar una lista de las relaciones existentes
a través de los diferentes países entre sectas que no
siempre tienen la misma denominación, lista que podría
concebirse en el marco de los trabajos de Europol.
La Sra. Ortrun SCHÄTZLE,
Presidente de la comisión de investigación sobre las
sectas del Bundestag (Alemania), insiste en la creciente extensión
que están experimentando las sectas en Alemania. El número
de peticiones de ciudadanos amenazados por las desviaciones sectarias
aumenta, como aumenta también el número de ciudadanos
preocupados al ver que los fondos públicos destinados a asociaciones
religiosas o de opinión acaban también en manos de las
sectas. La oradora explica que esta es la razón por la que se
ha creado esta comisión de investigación. Al no existir
definición del concepto "secta", esta comisión de investigación
ha sido bautizada "comisión sobre las sectas y los psicogrupos".
Sus trabajos deberían concluir en 1998, El mandato es el siguiente:
examinar las informaciones de que disponen los parlamentos regionales,
las iglesias, las asociaciones ...; investigar sobre las razones que
explican la multiplicación reciente de las sectas; determinar
si el aparato legal es suficiente para responder a las amenazas sectarias
una vez que se haya definido en qué consisten estas amenazas,
cuáles son los objetivos ocultos de estos grupos y sus ramificaciones
a escala internacional, analizar las estrategias de captación,
la influencia sobre el conjunto del entorno, incluido el profesional,
que se ve también arrastrado a una situación conflictiva.
Es necesario tratar estos conflictos,
en particular por lo que atañe a los niños y a la reinserción
profesional de aquéllos que intentan salirse de los movimientos
sectarios. Tenemos folletos de información y de alerta a escala
federal; debemos hacer lo mismo para los nuevos Länder.
Esperamos que nuestro trabajo pueda contribuir a los esfuerzos comunes,
concluye la oradora.
La Sra. Else Marie MORTENSEN,
miembro de la comisión jurídica del Folketing danés
explica que la constitución danesa garantiza las libertades de
confesión y de culto (artículo 67) y contiene un artículo
sobre las organizaciones religiosas divergentes (artículo 99
de la Constitución, 1849) que no ha sido nunca utilizado. En
Dinamarca se reconocen 11 comunidades religiosas que pueden como tal
celebrar bodas o llevar registros municipales. Otras 36 comunidades
religiosas están autorizadas a practicar servicios religiosos.
No se ha constatado aumento significativo
del número de sectas en estos últimos tiempos y los problemas
que se plantean son más bien puntuales, estima la oradora. La
Sra. MORTENSEN menciona por ejemplo el caso de una joven fallecida durante
el parto por haberse negado a una transfusión sanguínea.
La justicia danesa tiene en este caso la posibilidad de retirar al niño
de sus padres para realizar la transfusión en contra de la voluntad
parental. Esta posibilidad, sin embargo, sólo existe respecto
a los menores. En Dinamarca existe otro fenómeno: el de los rockers.
Existen bandas de "rockeros" que se entregan a feroces luchas, lo cual
ha llevado a la adopción de una ley de excepción, no ya
para limitar la libertad de estos clanes de "rockeros", sino para proteger
a los ciudadanos de la violencia. Por último, otro caso ha llevado
a las autoridades del país a adoptar medidas de excepción.
Se trata de una malversación de fondos llevada a cabo por una
institución escolar.
Cooperación: Europol
podría efectivamente limitarse a actuar en el aspecto criminal,
pero es necesario absolutamente preservar las libertades fundamentales.
El Sr. DUQUESNE,
ponente de la comisión de investigación parlamentaria
encargada de las sectas en la Chambre des Représentants de
Bélgica presentó en 1993 una propuesta para constituir
una comisión de investigación parlamentaria encargada
de la elaboración de una política para luchar contra las
prácticas ilegales de las sectas y los peligros que éstas
representan para la sociedad y para las personas, particularmente para
los menores de edad. El Sr. Duquesne explica que lo ha hecho por tres
razones: la primera, porque las resoluciones del PE y del Consejo de
Europa insistían en la importancia del fenómeno, en el
peligro que podía representar para las personas y para la seguridad
pública y en la necesidad de que los Estados miembros se mantuvieran
alerta. La segunda razón son cierto número de testimonios
personales, en ocasiones trágicos, que le han sido comunicados.
En todos los casos se ha visto una extraordinaria indiferencia de las
autoridades nacionales, especialmente de los servicios de policía
y de los servicios judiciales. La última razón es ciertamente
la dramática actualidad de la Orden del Templo Solar, ya que
uno de sus gurús era de nacionalidad belga así como cierto
número de sus víctimas.
Declara haber tenido cierta dificultad
en convencer a sus colegas, de lo cual se alegra ya que esto demuestra
la importancia que se confiere al respeto de las libertades constitucionales,
de los cultos y de su ejercicio, de la asociación, del pensamiento
y de reunión. Pero tras una muy útil discusión,
han llegado a la conclusión de que la libertad no era la libertad
de hacer cualquier cosa, y ciertamente no la de, so pretexto de libertad
y de idealismo, convertir a cierto número de ciudadanos en verdaderos
esclavos en situación de explotación.
La misión de esta comisión
se resume en cinco puntos:
- estudiar el fenómeno en
Bélgica, proceder a una "radioscopía" en base a audiencias
con las autoridades competentes, expertos, asociaciones de defensa
de las víctimas, sus familias o toda persona que pueda se útil
para este análisis;
- estudiar más especialmente
los modos de captación así como las prácticas
en el interior de las sectas con el fin de determinar los posibles
abusos, de precisar sus organizaciones, los medios de que disponen,
así como las prácticas que violan particularmente las
legislaciones sociales y fiscales;
- elaborar un informe sobre el
arsenal jurídico existente, incluida la jurisprudencia, que
permita sancionar las ilegalidades cometidas por los movimientos sectarios;
- proponer modificaciones de nuestro
orden jurídico federal con vistas a reprimir las actuaciones
ilícitas de las sectas de las que serían víctimas
tanto adultos como menores;
- hacer toda recomendación
que pueda ser útil, tanto a escala federal como internacional,
con vistas a adoptar medidas destinadas a llamar la atención
de los actores implicados sobre la amplitud del fenómeno, sus
formas, sus peligros, los medios para combatirlo y sobre la atención
de que deben ser objeto sus víctimas y sus familias.
La comisión no ha finalizado
aún su trabajo y por lo tanto no se pueden ofrecer conclusiones;
sin embargo, el orador ofrece una serie de indicaciones:
Primera indicación:
se ha renunciado a definir las sectas o qué es una secta. Lo
que nos preocupa son los medios de captación, los comportamientos
que ponen en peligro a las personas, a la seguridad pública o
que pueden tener consecuencias en el plano político, en particular
en el sentido de una posible subversión. Preferimos concretar
cierto número de criterios de peligrosidad, ya sea para las personas
como para la sociedad en su conjunto.
Segundo elemento: puesto
que no se posee una evaluación del fenómeno sectario en
Bélgica, no se puede afirmar de manera precisa si el fenómeno
va en aumento. Nuestra impresión es que sí. Deben existir
en Bélgica aproximadamente 150 sectas merecedoras de nuestra
atención e incluso nuestra actitud alerta. Para dar un ejemplo,
una de ellas nos ha indicado que tenía más de 10.000 adeptos.
Está claro que a lo largo de los trabajos que estamos realizando
intentaremos avanzar en este análisis. Al finalizar esta comisión
de investigación será probablemente necesario continuar
este trabajo creando un observatorio, como han propuesto nuestros colegas
franceses.
Tercer elemento: las consecuencias
más peligrosas afectar principalmente a los individuos en su
personalidad. Lo que constatamos son con frecuencia manipulaciones que
conducen a la destrucción de la personalidad, a la separación
del medio familiar, social, profesional, sin contar gran número
de manipulaciones financieras, ya que parece también que el principal
objetivo, el objetivo real de algunas de estas sectas es el interés
financiero. Por el momento las informaciones de que disponemos proceden
de los servicios de policía, de la "gendarmería", de la
seguridad del Estado y del servicio de información militar. Es
necesario reconocer que hasta el momento no les ha preocupado excesivamente
el fenómeno y se limpian fácilmente la conciencia diciendo
que vivimos en un país de libertad, y que sería muy peligroso
... Constatamos que desde que se creó la comisión de encuesta
las cosas han cambiado y que, efectivamente, andar con pies de plomo
ha permitido descubrir ya comportamientos al menos inquietantes.
Cuarta reflexión:
está claro que la legislación belga actual ofrece diversas
posibilidades de reprimir las infracciones que se comenten en el aspecto
penal, fiscal o social. Pensemos en los actos de violencia, abusos sexuales,
el ejercicio ilegal de la medicina, los fraudes fiscales y sociales,
etc. Lo que es más preocupante es que, si bien estas disposiciones
existen, raramente se aplican. Se ha constatado gran diferencia según
el servicio judicial de que se trate, pero jamás ha constituido
una prioridad. Además, en cierto número de casos, existen
problemas en torno a las pruebas, ya que se trata de adultos libres
y consentidores. Es muy difícil presentar pruebas, dándose
además la situación de que aquéllos que han sido
víctimas de manipulación consideran que los que pretenden
acudir en su ayuda son los verdaderos agresores y no los que los explotan.
Esta es la razón por la que nos planteamos la cuestión
de saber si no deberíamos completar nuestro arsenal jurídico
mediante una nueva definición de la delincuencia organizada,
la posibilidad de constitución de parte civil por asociaciones
de defensa de las víctimas, una posible incriminación
penal de la manipulación o, en todo caso, como en Francia, del
abuso de situación de debilidad de una persona, la inversión
de la carga de la prueba para ciertas infracciones, la adaptación
de la legislación sobre la protección de la vida
privada, la reglamentación de la escolarización a domicilio,
la represión de la incitación al suicidio, una
mayor exigencia de transparencia de las asociaciones y un mejor control
de sus miembros y de los flujos de financiación, una mejora
del sistema de represión de blanqueo de dinero y, tal vez, prever
que cuando se cometen ciertas infracciones en el marco de movimientos
sectarios, la pertenencia al movimiento sectario pueda constituir una
circunstancia agravante, una mejor protección del contacto
con las familias, el medio social y profesional. Por último,
está claro que estas asociaciones son extremamente móviles,
que los flujos financieros son muy importantes, que las cosas son tanto
más fáciles en Europa cuanto que no existen fronteras,
y que estas asociaciones son multiformes.
La cooperación internacional
nos parece absolutamente necesaria. En efecto, numerosas sectas
activas en Bélgica mantienen vínculos, ya sea jerárquicos,
ya sea de ayuda mutua, con asociaciones similares en el extranjero.
La Unión Europea es el primer nivel de cooperación multilateral
que permitirá combatir las degeneraciones, pero para ello el
intercambio de información, que es esencial, no puede limitarse
a Europol, en la medida en que algunas amenazas, como son la infiltración
en diferentes niveles del poder, se saldrían del marco de las
competencias de este organismo. Les confesaré, sonriendo, que
en nuestra comisión de investigación ha existido una pequeña
inquietud, porque se nos ha informado que existían tentativas
de infiltración en el Parlamento Europeo. Sería deseable
que se llevara a cabo una política europea común con el
fin de evitar que uno u otro Estado miembro se convierta en santuario
de sectas consideradas peligrosas. Pero plantear este problema significa
también plantear el problema del espacio judicial europeo, es
decir, ir más allá de la información para llegar
hasta la represión de actos penales que son parte del orden jurídico
de cada uno de los países miembros.
El Sr. Luis MARINHO,
presidente de la Comisión de Libertades Públicas y Asuntos
Interiores del Parlamento Europeo da la palabra a los miembros de la
comisión del Parlamento Europeo tras una observación preliminar
y una primera constatación: el problema de las sectas es un problema
grave, más grave de lo que parece a primera vista, y más
importante en algunos países que en otros por razones históricas,
económicas y sociales.
Segunda reflexión: hasta
el presente no se ha podido determinar el origen de este fenómeno.
¿Se trata de una crisis religiosa, al haberse debilitado el papel
desempeñado por las iglesias tradicionales? ¿Es una consecuencia
de la debilidad de nuestros sistemas de protección social? ¿Está
vinculado al desarrollo de la integración europea? ¿Representan
las sectas una protección que no se encuentra en otra parte?
¿Se utilizan las sectas a veces como terapia ante un mundo cada
vez más técnico? ¿Estamos confrontados a una crisis
de la razón científica? ¿Es nuestro modelo europeo
positivista el que se pone en cuestión?
El Sr. Pierre PRADIER,
(Grupo de la Alianza Radical Europea, Francia) se confiesa sorprendido
por la inquietud que han manifestado nuestros colegas ante la multiplicación
de las sectas. Nadie ha pensado en mencionar que nuestras sociedades
no proporcionan ninguna respuesta a las necesidades irreprimibles de
transcendencia o a la angustia metafísica que es parte constitutiva
de la condición humana. El destino que se nos propone no responde
a ninguna de estas exigencias: como mucho se nos propone comprar otro
vehículo o ser más eficaz en el mercado de trabajo. El
Sr. Pradier expresa su interés en este tema ya que milita en
una organización que durante siglos se ha visto perseguida como
secta particularmente peligrosa y que sin embargo ha conformado el carácter
de Occidente, es una secta que ha triunfado y se llama Cristianismo.
En esta ocasión se dirige a sus camaradas alemanes, pues tiene
entre manos una decisión del Consejo de Ministros de Baviera
que exige que todo aquel que tenga intención de presentar una
candidatura a un puesto público, a un puesto de funcionario,
rellene un cuestionario. Si este cuestionario no demuestra que la persona
en cuestión es enemiga o que está completamente apartada
de la Iglesia de la Cienciología, ese funcionario no será
contratado o, peor aún, si ha sido ya nombrado, será despedido.
El original de este documento del Consejo de Ministros de Baviera está
a disposición de todos los presentes. El Sr. Pradier piensa que
esto representa -y, por supuesto, declara no estar pagado por la Iglesia
de Cienciología- una caza de brujas que comienza a adoptar dimensiones
preocupantes. Se confiesa fanático partidario de la libertad
y extremista de la moderación, si es que ambas cosas pueden ir
juntas. En su opinión, si no se pone atención, las consecuencias
pueden ser terribles. Si existen sectas que asesinan a niños
pequeños en sus ceremonias religiosas, existen también
leyes, reglamentos, administraciones para todos aquéllos cualquiera
que sea su pertenencia, secta o no, que incurran en actos ilegales,
criminales, inmorales. Es necesario perseguirles judicialmente, juzgarles
y condenarles. Entre tanto, el Sr. Pradier teme que lo "políticamente
correcto" dé lugar a persecuciones que confundan a todos en un
mismo montón. Se trata de cierta angustia por la libertad que
el Sr. Pradier siente y que quiere compartir con los demás.
La Sra. Irini
LAMBRAKI (PPE, Grecia), constata, al igual que el Presidente,
que existen países en los que las sectas plantean un problema
agudo, mientras que en otros, como España, Portugal y Grecia
no conocen este problema.
Segunda observación: todos
están de acuerdo en decir que es muy difícil trazar el
límite entre libertad de conciencia por una parte y el carácter
plenamente reprensible de ciertos actos. En Grecia, la Constitución
prevé la libertad de culto; la religión mayoritaria es
la de la Iglesia ortodoxa. La Iglesia ortodoxa no ha sido jamás
una iglesia fanática. Nunca se ha conocido el fanatismo o la
persecución religiosa, al contrario de otros países, por
causa de la Iglesia católica, por ejemplo.
La Constitución griega,
las leyes y la mentalidad griega defienden la libertad de religión,
la libertad de conciencia. Esta Constitución se encuentra entre
las más democráticas en lo que respecta a la libertad
de religión. Y la Iglesia griega contribuye también a
este resultado porque se trata de una iglesia liberal y progresista
en comparación con otras.
El Sr. Hartmut NASSAUER
(PPE, Alemania) insiste en el hecho de que no se trata de preocuparse
por las sectas en cuanto asociaciones, en la medida en que emplean el
derecho al libre ejercicio del culto. De lo que se trata es de ocuparse
de ellas cuando irrumpen en los derechos fundamentales de los demás.
Esto es lo que sucede con la Iglesia de Cienciología. Se trata
de cualquier cosa menos de una iglesia. Proclamarse "iglesia" abre cierto
número de privilegios en bastantes países, pero si se
conoce a las víctimas de semejante iglesia se ve que utiliza
métodos totalitarios. Siempre en la historia han existido sectas
y en la mayor parte de los casos ha sido la iglesia oficial la que se
ha defendido en contra de ellas para resolver la cuestión de
la buena o la mala vía hacia la fe. En el momento en que secta
y asociación delictiva se unen hay que investigar y confrontar
las informaciones de que se dispone.
La Sra. Michèle LINDEPERG
(socialista, Francia) siente que el Parlamento francés no esté
representado, ya que, tras dos informes parlamentarios sobre las sectas,
el Gobierno francés acaba de crear un Observatorio de las
sectas. Se trata de un problema extremamente difícil, ya
que afecta a la libertad de las personas: se trata de protegerlas sin
ahogarlas. La dificultad comienza a nivel mismo del vocabulario puesto
que la palabra secta tiene diferentes acepciones según los países:
en el Reino Unido, por ejemplo, es una palabra de connotaciones neutras,
es decir, que para buscar el límite hay que determinar qué
sectas contienen una parte honorable y cuáles mantienen prácticas
ilegales o reprensibles. En Francia el límite no se sitúa
ahí; el límite en la mente de los que emplean esta palabra,
es el de saber si se trata de agrupamientos minoritarios, religiosos,
filosóficos o ideológicos, o si se trata de sectas. Si
existe ya una dificultad a nivel de vocabulario, quererlo definir es
prácticamente imposible.
En un mundo en mutación,
donde ciertas personas han perdido completamente sus puntos de referencia,
algunas buscan una aparente seguridad en una colectividad o en un grupo
religioso o ideológico, creen encontrar en él un sentido
a sus vidas, son libres de hacerlo. Se trata de una libertad que debe
estar plenamente preservada, y que, por otra parte, está en línea
con las convenciones internacionales o declaraciones y constituciones
de los Estados miembros. Aquí nuevamente se trata de un problema
de límites. Cuando la Sra. Lindeperg oye hablar de religión
reconocida, piensa que existe un problema porque, ¿reconocida
por quién? ¿cómo? ¿según qué
criterios? Aquéllas que no están reconocidas, ¿tienen
problemas de expresión y de libertad de ejercicio de su culto?
Como ha dicho Pierre Pradier, la religión cristiana es una secta
que triunfó. ¿A partir de qué momento se le reconoce
a uno o no? Todos estos son problemas que efectivamente, en opinión
de la Sra. Lindeperg, son muy graves y de muy difícil solución.
Por otra parte, y en tanto que
francesa, la Sra. Lindeperg está bien situada para saberlo, todas
las sectas proclaman esta fachada honorable de libertad de conciencia
y de libertad de expresión.
Pues bien, algunas de ellas tienen
una fachada oculta mucho menos resplandeciente, que atenta contra la
libertad individual, incluso contra la democracia. El Estado debe desempeñar
su papel protector y represivo, si procede. Se trata de un papel triple:
el de información y prevención, y el de hacerse cargo
y escucha, muy poco aplicado. Se ha hablado de indiferencia (Bélgica).
Efectivamente, las víctimas de las actividades ilegales de las
sectas no saben a quién dirigirse, cómo conseguir respuesta
a su solicitud de que alguien se haga cargo de ellos. Se trata verdaderamente
de algo que habría que crear de una manera mucho más institucional.
Tercer papel: el papel represivo respecto a las actividades ilegales.
Existe también un papel de intercambio de información
que se ha evocado con frecuencia y es en este aspecto en el que la Unión
Europea está llamada a desempeñar una función.
El Sr. Martin SCHULZ
(socialista, Alemania), no desea que se haga una distinción estricta
entre aquello que se debería discutir en el interior de nuestra
Comisión de Libertades Públicas y aquellas otras cosas
que se deberían discutir con los colegas de los Parlamentos nacionales.
Ambas están relacionadas. Si el PE examina la cuestión
de las sectas, es porque prácticamente de todos los Estados miembros
nos llegan señales que nos incitan a discutir este tema, porque
se discute en el país. Tal vez no siempre a nivel del parlamento
pero en prácticamente todos los países de la Unión
Europea actualmente se desarrolla un debate análogo. El Sr. Nassauer,
con toda razón, ha dicho que era extremamente difícil
definir qué es una secta, dónde comienza la verdadera
fe, en qué punto está amenazado el Estado, dónde
debe actuar el Estado. El límite es difícil de trazar.
Se trata de un terreno tremendamente escurridizo. El Sr. Schulz ha leído
en la prensa del día anterior que hay tres fiscales alemanes
que deberían llevar a cabo un juicio tras un atentado con bomba
en un baile popular de Berlín, el asunto Mykonos. A estos fiscales
les ha sido impuesta la "fatwa", porque había un iraní
implicado en el asunto. Es seguro que en Alemania existen personas que,
a causa de su fe, estarían dispuestas a llevar a cabo esta "fatwa",
lo cual quiere decir que existen otros casos, como el de Salman Rushdie,
de personas que han tenido que vivir escondidas durante años.
La cuestión de saber si se trata de una secta o no en este caso
es superflua. Una secta pudiera ser una comunidad religiosa, pero la
definimos en tanto que secta porque viola las libertades fundamentales.
Es necesario, por lo tanto, concentrarnos en los casos en que sabemos
que existen cierto número de actos delictivos que se producen
regularmente. Se han citado en la resolución: malos tratos corporales,
explotación sexual, privación de libertad, trata de seres
humanos, incitación a comportamientos agresivos, difusión
de tesis racistas, fraude fiscal, circulación ilegal de capitales,
tráfico de armas, ejercicio ilegal de la medicina. Se trata de
características que se encuentran de manera repetida cuando se
trata de sectas.
Un representante de la Cienciología
anota todo lo que cada uno de los presentes está diciendo aquí,
en esta sala, y un día nos lo echará en cara: ustedes
han dicho esto y aquellos sobre tal y tal punto. Y si ustedes invocan
su derecho a criticar la Cienciología porque se trata de una
organización cuyo objetivo consiste en hacer beneficio, que utiliza
como medios la privación de la libertad, se verán amenazados.
No hay que orientarse hacia los
aspectos religiosos. En el momento en que una organización, por
la razón que sea, de manera deliberada, intenta desarrollar su
patrimonio financiero por medios ilegales, ¿no será necesario
organizar una vigilancia a escala europea y, si necesario, una represión?
Es necesario situar nuestro debate no ya en el plano religioso, sino
en el penal, porque las organizaciones en cuestión pertenecen
a la familia de las organización delictivas.
La Sra. Hedy D'Ancona
(socialista, Países Bajos): Mis conclusiones, una vez oídas
todas sus intervenciones son que:
- En la mayoría de los Estados
miembros el problema de las sectas está solucionado, al parecer
a escala nacional. Existen todo tipo de categorías de legislaciones
y en muchos casos es la constitución misma la que aporta la
respuesta;
- No se constata un aumento preocupante
del número de sectas o de movimientos religiosos. En cuanto
a este último punto, me permito sin embargo expresar ciertas
dudas, con frecuencia no se presta atención a este tipo de
movimientos hasta que existen razones para preocuparse o se producen
delitos. Ante movimientos religiosos, o de otra naturaleza, que no
se hacen notar, no existen realmente razones para preocuparse o estar
atentos. Pienso, por mi parte, que efectivamente existe un aumento
de sectas. Como ha dicho nuestro Presidente hace poco, estos movimientos
existen por dos razones: ya sea porque se espera obtener una vida
mejor en el marco de una asociación de ese tipo, ya sea porque
la vida que se lleva en la actualidad es insatisfactoria porque sus
condiciones materiales se deterioran;
- Si bien es cierto que las cosas
son "aceptables" y que a escala nacional la situación está
bajo control ¿este tipo de reunión sería superflua?
Opino que está bien que nos reunamos, y que sepamos cual es
la situación. No olvidemos que con frecuencia se utilizan y
se abusa de niños en las sectas. El derecho de los padres en
ocasiones se ve limitado en algunas sectas. Deberíamos también
reflexionar en torno a los derechos de los niños de no participar
en este tipo de sectas;
- En las nuevas democracias de
Europa central y oriental se ocupan mucho de las sectas y de los movimientos
religiosos. En mi calidad de presidenta de la Delegación de
Rumania se han dirigido a mí para que ayude a los Testigos
de Jehovah, a quienes se les había prohibido la participación
en una gran reunión internacional en Rumania. No he podido
hacer gran cosa, pero esta actitud de un país candidato a la
Unión Europea me plantea un problema.
El Sr. KOEKKOEK,
(Segunda Cámara, Países Bajos), no cree que en la medida
en que el desarrollo económico de un país aumente, aumentarán
paralelamente los problemas con las sectas. Los Países Bajos,
Dinamarca y Suecia se encuentran entre los más desarrollados
de la Unión Europea; es precisamente en estos países en
los que el problema de las sectas no se considera un problema importante.
Si existe una crisis en la sociedad occidental, la cuestión es
la de saber en qué consiste la responsabilidad del Estado. Nuestros
dirigentes deberían favorecer las asociaciones que ofrecen un
apoyo a las personas. Pienso en la política de la familia, en
la enseñanza, tal y como existe en Alemania y en Austria. Es
necesario preparar a la juventud a una sociedad en la que los valores
cobren mayor importancia.
Europol puede proporcionar
intercambio de información sobre la desaparición de personas,
pero más allá de este papel los medios de que disponen
las autoridades nacionales de nuestros Estados miembros son suficientes.
Lord HACKING,
(House of Lords, Reino Unido), considera que cada Estado miembro debería
interrogarse sobre su legislación penal y plantearse ciertas
preguntas. ¿La policía o aquéllos encargados de
hacer respetar la ley, consiguen hacerlo? ¿Necesitan, por ejemplo,
más información sobre el blanqueo de dinero? ¿Existen
leyes para proteger a los niños ante los abusos sexuales? En
el Reino Unido éste es el caso, incluido más allá
de sus fronteras (penalización del turismo sexual).
El Sr. John GREENWAY,
(House of Commons, Reino Unido) recuerda que el apartado 2 del artículo
2 de la Convención Europol contiene la relación de tareas
asignadas a Europol y que las actividades delictivas, incluidas las
relacionadas con abusos sexuales, figuran ya ahí ( 4).
El mejor camino a seguir sería el de poder intercambiar informaciones
entre las fuerzas de policía de forma bilateral, cosa que ya
ha tenido lugar sobre todo en el ámbito del terrorismo. Elemento
suplementario: evidentemente existe el peligro de que estas organizaciones
comiencen en uno o dos países y de un día al otro sean
operativas en otros países. Lo que el Parlamento Europeo puede
hacer en este ámbito es defender la extensión del mandato
de Europol de forma que abarque los crímenes enumerados en el
anexo a la Convención ( 5) y animar a los
Gobiernos nacionales a garantizar que sus legislaciones criminales estén
a la altura. De hecho, poco importa cómo se llame a estos criminales,
lo que debe preocuparnos son los crímenes que cometen.
El Sr. DUQUESNE, (Chambre des Représentants,
Bélgica): He escuchado las reflexiones de cierto número
de nuestros colegas sobre la inquietud que sienten sobre lo que está
sucediendo en Bélgica en el terreno de las sectas. Quisiera tranquilizarles,
no hay motivo para preocuparse particularmente sobre lo que sucede en
Bélgica, pero antes de expresar un juicio eufórico, y
siguiendo en esto las resoluciones del PE, queremos ver con claridad
la importancia del fenómeno y los peligros que representa. En
una Europa sin fronteras sería difícil creer que un país
como el mío pudiera representar un pequeño santuario donde
se concentrasen todos los riesgos del fenómeno sectario, mientras
que el resto de Europa pudiera escapar al mismo. Sería un extraordinario
fracaso de la Europa sin fronteras y me sorprendería mucho, cuando
vemos hasta qué grado, en las derivaciones del fenómeno
sectario, es importante el aspecto financiero, la movilidad de capitales
y ello en todos los países de Europa. Me parece oportuno investigar,
ver claro, antes de emitir un juicio. Porque existe el riesgo de la
euforia de la libertad. Naturalmente que se trata de un ideal caro a
cada uno de nosotros, pero la libertad no deja de entrañar riesgos
y el belga realista piensa que no es suficiente calificarse de iglesia
para estar al abrigo de todo riesgo de desviación. Del mismo
modo que tampoco es cierto que por el hecho de calificarse de iglesia
se sea portador de todos los pecados y de todas las amenazas. Lo que
estamos intentando hacer es avanzar en el examen del fenómeno.
Realizar análisis que sean puramente cósmicos es interesante.
Ello explica el contexto: hasta qué grado y por qué nuestras
poblaciones pueden verse expuestas a las empresas de cierto número
de truhanes, que por otra parte pueden encontrarse dentro del mundo
político. Existen corrientes políticas que pueden aprovechar
la inquietud existente, como existen también movimientos organizados,
y no solamente iglesias, que puedan aprovecharse. Naturalmente que estamos
necesitados de un suplemento de alma. Permitan a un diputado nacional
decir que aquí, en el PE, queda por hacer un serio esfuerzo en
torno a este tema aunque estemos convencidos de la importancia de las
curvas de crecimiento y de los porcentajes, y aunque solo se trate del
3% (criterios UEM). Insuflar un poco de confianza, un poco de optimismo
y venir al encuentro de esta necesidad de fraternidad y de humanidad
que se desarrolla en Europa no es inútil. Pero no es de esto
de lo que se trata. Cuando se analiza la situación, se comprende
que, en efecto, cierto número de personas, en ocasiones tal vez
pero no siempre más frágiles, que necesitan ideales, valores,
puntos de referencia, mayor fraternidad, sean víctimas en potencia
de un cierto número de movimientos que, habiendo comprendido
bien todo esto, deseen hacer de ello una verdadera empresa de bandolerismo.
En el Parlamento belga, si bien al principio también nosotros
manifestamos cierto escepticismo en cuanto a la utilidad de este tipo
de investigación, hemos descubierto ahora todo un mundo que nos
preocupa enormemente. No solamente en lo que concierne a la delincuencia
ordinaria, para la que en principio estamos armados, pero, ´sin
que el poder reaccione!. Existe una extraordinaria indiferencia, particularmente
por parte de los servicios judiciales. Estamos también descubriendo
nuevas formas de delincuencia que no están cubiertas. Los jóvenes
especialmente, los menores en particular, son verdaderamente víctimas,
al menos en nuestro país. No estamos suficientemente armados
para protegerles de cierto número de riesgos. Ciertamente existe
el aspecto penal y represivo pero existe también, y esto nos
parece esencial, una función de información y de educación
que debe desempeñarse. Hemos querido que nuestra comisión
sea pública, por dos razones: en primer lugar para mostrar bien
que no existe caza de brujas. Recibimos testimonios de las víctimas,
pero recibimos también testimonios de representantes de cierto
número de estas iglesias, de estos nuevos movimientos que, por
otra parte, no son solamente religiosos. Y será tras un debate
entre las partes cuando concluyamos esta encuesta que habrá sido
pública y en el transcurso de la cual todo el mundo habrá
podido constatar hasta qué grado nuestra representación
nacional está atenta al respeto de las libertades. Más
allá de esto existe también un papel de información
con la participación de los medios de comunicación. Es
esencial que los medios de comunicación informen de qué
manera detrás de cierto número de declaraciones que pueden
parecer generosas se ocultan riesgos terribles. La libertad es el más
bello ideal que se pueda tener, pero la libertad es exigente, impone
una gran vigilancia, mucha información, muchos esfuerzos, espíritu
crítico. Más allá de este aspecto educativo existe
todo el aspecto de la acogida para aquéllos que intentan con
dificultad escapar a ese tipo de situación. No podemos permitir
que en nombre de la libertad se les abandone al borde del camino, es
necesario ayudarles a encontrar sus propias verdades, porque si su personalidad
se ha visto totalmente desestabilizada, ello puede en ocasiones significar
condenarlos a la desesperación.
La Sra. COLOMBO
SVEVO, (PPE, Italia) pregunta a la representante de Alemania qué
cubre exactamente el término "psicogrupo".
La Sra. SCHÄTZLE
responde que ante la ausencia de definición de "secta" y para
tener en cuenta grupos que trabajan con técnicas síquicas
particulares, se ha empleado ese término.
La oradora repite que Alemania
no ejerce discriminación contra la Cienciología. Queremos
defender la democracia y el estado de derecho, al hombre con su libre
arbitrio, sus libertades y sus derechos individuales fundamentales.
Éstos constituyen valores que en ningún momento queremos
volver a poner en cuestión en Alemania. Nuestro trabajo se funda
sobre la sentencia del Tribunal supremo de la jurisdicción del
trabajo (sentencia 2194 de 1995). Esta sentencia demuestra claramente
que la Iglesia de la Cienciología no es solamente una iglesia
sino también una organización con fines lucrativos. En
otros países los cienciólogos trabajan bajo otros nombres,
otras etiquetas. La Conferencia de Ministros del Interior de los Länder
del 6 de mayo de 1996 decidió que las autoridades represivas
debían examinar cómo la Iglesia de la Cienciología
alía métodos de manipulación psíquica a
maniobras con fines lucrativos. La decisión bávara de
prohibir el acceso a la función pública a los miembros
de la Iglesia de la Cienciología no es una decisión del
Gobierno central. No obstante es importante no olvidar que puede existir
una contradicción entre las aspiraciones de la cienciología
y el buen funcionamiento de nuestras instituciones. La fidelidad de
un funcionario cienciólogo a la Constitución puede no
darse por sentado, esto es lo que subyace a la decisión bávara
respecto a la cienciología.
Sra. RUSSO
JERVOLINO, (Camera dei Deputati, Italia)
Primera observación: es
necesario respetar la libertad del ciudadano, su libertad de asociación,
su libertad religiosa. No debe haber caza de brujas. No podemos oponernos
a nuevos movimientos religiosos. Lo que nos interesa es que los derechos
de la persona se respeten y que los delitos se persigan.
Segunda observación: el
aumento del número de sectas, ¿Depende de una crisis de
valores? ¿Se trata de una debilidad de las iglesias tradicionales?
Todas estas cuestiones son legítimas pero en este terreno ni
el Parlamento Europeo ni los Parlamentos nacionales pueden intervenir.
Tercera observación: la
debilidad de la formación: naturalmente, es necesario informar,
pero es también necesario reforzar la capacidad de los jóvenes
a ser libres, reforzar su espíritu crítico.
La Sra. COLOMBO
SVEVO, (PPE, Italia), presenta sus primeras conclusiones. Como comisión,
necesitamos tomar un poco de distancia pero, por otra parte, vemos mejor
cuáles son los límites del contexto en el que podemos
actuar. Todos nosotros partimos de la misma visión, a saber,
el respeto de las libertades fundamentales.
El fenómeno de las sectas
no es suficientemente conocido. Pues bien, como decía nuestro
colega belga, algunos fenómenos no parecen explosivos hasta que
no se penetra un poco más allá de las apariencias. Pensamos
que es necesario establecer una colaboración a escala europea.
En la parte final del informe de la Asamblea nacional francesa, la comisión
de investigación lamenta precisamente que no se haga nada en
el interior de la Unión Europea. La comisión indica también
los caminos que se podrían explorar: una cooperación intergubernamental
que debería centrarse sobre todo en el intercambio de informaciones
y en la creación de un banco de datos.
¿Qué puntos tenemos
en común?
- Todos decimos que no es necesario
establecer una definición jurídica de las sectas o crear
una legislación ad hoc, pues contamos con suficientes
instrumentos legales.
No obstante, algunos colegas han destacado el hecho de que la aplicación
de estas disposiciones no siempre está clara. Podría
ser interesante centrarnos en este último aspecto, esencial
para descubrir los disfuncionamientos que existen en los diferentes
Estados miembro en lo que respecta a la aplicación de las reglas
y las posibles lagunas del dispositivo legal.
- Analicemos que es lo que han
hecho las primeras comisiones de investigación para detectar
actividades ilícitas características. Si existe fraude
fiscal, si existe violación del derecho al trabajo, si resulta
difícil mantener el contacto con la familia, si se intenta
hacer entrar a niños que son uno de los eslabones más
débiles, tenemos el derecho y el deber de decir que todos estos
elementos, reunidos, pueden ser peligrosos.
- La prevención: ¿Cómo
hablar de los "nuevos movimientos religiosos"? ¿De su peligrosidad?
¿Cómo apoyar a los que corren el riesgo de dejarse persuadir
ante el carisma y las técnicas empleadas por asociaciones de
prácticas dudosas?
- La reintegración, la ayuda
que debe brindarse a personas que por voluntad propia deciden abandonar
una secta.
- Europol: se ha hablado de un
intercambio de información; si esta información se refiere
a actividades delictivas, creo que ello podría formar parte
de las competencias de Europol.
La Sra. COLOMBO SVEVO concluye
deseando que se transmitan a todo el mundo los diferentes informes de
los Parlamentos nacionales así como el acta de esta audiencia.
El Sr. Luis MARINHO,
Presidente, añade que antes de ser legisladores, antes de ser
políticos, responsables, somos ante todo formadores de opinión
en los ámbitos que afectan a la vida cotidiana de la sociedad,
el tráfico de drogas, el blanqueo de dinero negro, las sectas.
Se trata de problemas comunes, cuales quieran que sean las diferencias
de interpretación. Son problemas que afectan a todos los europeos.
Ciertamente nosotros somos legisladores, pero no tenemos mucho poder
en el Parlamento Europeo. Ustedes tienen más a nivel nacional.
Es necesario poder comparar los
sistemas jurídicos. Ciertas personas subrayan determinado elemento,
otras otro. El problema es más agudo aquí que allá,
pero de todos modos se trata siempre de centrarse en la vida cotidiana
política de la sociedad e informar. Después será
necesario reglamentar si los problemas son comunes. Es necesario crear
una coordinación entre todos. Esto es lo que se ha comenzado
a hacer. Se ha intentado encontrar soluciones a problemas comunes.